Corte Suprema: observaciones de inconstitucionalidad en la ley sobre conversiones de Uttar Pradesh

En el punto de mira, la ley de 2021 que castiga con penas de hasta 10 años los casos de conversión a otra religión por motivos económicos o por coacción. Se prevén algunas disposiciones anteriores y posteriores que vulneran los derechos personales y la privacidad. Obispo de Lucknow: las sentencias son «un alivio bienvenido y una señal de esperanza para la comunidad cristiana», pero deben eliminarse todas las normas «inconstitucionales».

por Nirmala Carvalho

Delhi (AsiaNews) - La Suprema Corte ha planteado objeciones de inconstitucionalidad y preocupaciones sobre algunas disposiciones contenidas en la Ley de Prohibición de la Conversión Ilegal de Religión de Uttar Pradesh, 2021. La ley contra la conversión castiga los casos de conversión a otra fe mediante desinformación, la perspectiva de compensaciones u otros beneficios, la fuerza o la coacción, con una pena que puede llegar a los 10 años de prisión. Los jueces han observado que la norma presenta algunos problemas, sobre todo en lo que se refiere a la decisión de un individuo de adoptar una fe diferente a la que profesa, limitando de hecho su elección. Además, debe preservarse el derecho a la libertad de pensamiento, expresión, creencia, fe y culto de las personas, ya que se trata de principios que encarnan y expresan la naturaleza laica del país. 

Interrogado por AsiaNews, Mons. Gerald Mathias, obispo de Lucknow, explica: «Las recientes sentencias de la Suprema Corte son un alivio bienvenido y una señal de esperanza para la comunidad cristiana. Pero ¿cuántos pueden permitirse acudir a la corte suprema para obtener justicia?». La mayoría de los pastores y personas inocentes «falsamente acusados de conversión ilegal», continúa el prelado, «no podrán» hacerlo y corren el riesgo de «languidecer en las cárceles durante meses y años. La Suprema Corte debería eliminar todas las disposiciones y cláusulas o secciones de las leyes anti conversión del país que sean inconstitucionales. De lo contrario, continuará el uso indebido de estas leyes y también continuarán las atrocidades contra cristianos y musulmanes. Espero y rezo —concluye el obispo— para que las recientes sentencias y observaciones de la Corte Suprema sirvan de disuasión».

Volviendo a la sentencia de la Corte Suprema, integrada por los jueces JB Pardiwala y Manoj Misra, hay algunas observaciones significativas en términos de inconstitucionalidad: la ley de Uttar Pradesh, de hecho, implica una declaración ante el magistrado de distrito sobre la conversión, lo que supone una interferencia máxima del Estado en asuntos personales. El magistrado está entonces legalmente obligado a iniciar una investigación policial, que debe analizar los pasos que han determinado la conversión. Luego está la cuestión de la publicación de los datos personales de la persona convertida, lo que puede suponer una violación de la privacidad. Durante la audiencia, los magistrados observan que algunas partes de la ley de 2021 terminan violando los derechos fundamentales garantizados por la parte III de la Constitución, en particular el artículo 25.

La ley también prevé procedimientos previos y posteriores a la conversión. En la primera fase, las personas deben declarar, al menos 60 días antes y ante la autoridad competente, que no ha habido coacción, influencia indebida o incitación. Además, se debe notificar con un mes de antelación a la autoridad competente que llevará a cabo la conversión, la cual encargará a la policía que realice las investigaciones oportunas. Así lo establece el artículo 8 y, si no hay una declaración previa a la conversión por parte de la persona que desea convertirse, existe el riesgo de una pena de prisión de hasta tres años y una multa mínima de 10.000 rupias (casi 100 euros). 

Una vez realizada la conversión, la persona está obligada a enviar de nuevo una declaración en un plazo de 60 días, en virtud de la cual la autoridad competente expondrá una copia de la declaración en el tablón de anuncios. Los datos que deben figurar en la declaración incluyen la dirección permanente, el lugar de residencia, la naturaleza del proceso al que se ha sometido, etc. El converso debe presentarse en un plazo de 21 días a partir del envío de la declaración para acreditar su identidad y confirmar el contenido. Todos estos elementos pueden socavar la libertad personal y la privacidad, en claro contraste con la Carta fundacional del Estado. Por último, el Tribunal reiteró que el término «laico» del preámbulo es parte integrante de la estructura fundamental de la Constitución.

 

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