06/12/2021, 14.37
IRÁN
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Corte Suprema de Irán: las iglesias domésticas no son 'enemigas' del Estado

Los jueces dictaminaron que reunirse en casa para rezar no convierte a los fieles, ni siquiera los conversos, en una "amenaza" para la República Islámica. Una sentencia que podría dar lugar a la revisión de varios casos ya cerrado. Satisfacción de ONG y activistas. Pero algunas voces invitan a la prudencia: Teherán ha demostrado en el pasado que no siempre sigue las reglas que él mismo establece.

 

Teherán (AsiaNews) - El Tribunal Supremo iraní ha dictado este fin de semana una sentencia histórica, afirmando que la pertenencia a una iglesia doméstica y el hecho de reunirse para rezar - hábitos comunes especialmente entre los protestantes - no convierte a los cristianos en "enemigos del Estado". El veredicto forma parte de un caso, que llegó a juicio el mes pasado, en el que nueve conversos fueron condenados a cinco años de prisión por asistir a funciones organizadas en el interior de casas o edificios privados. Actualmente hay 20 cristianos en la cárcel acusados ​​de constituir una amenaza para la seguridad nacional; desde 2012 más de un centenar de personas han sido condenadas por ese mismo delito.

Los fieles, pertenecientes a una iglesia evangélica de Rasht, al noreste de Teherán sobre el mar Caspio, fueron arrestados hace dos años por haberse convertido y realizar "actos contrarios a la seguridad de la nación". La policía irrumpió en sus domicilios y en la habitación que se usaba como lugar de culto, confiscando diversos objetos y artículos personales.

La sentencia de la Corte Suprema se emitió el 3 de noviembre pero ha pasado desapercibida y la noticia recién se conoció hace pocos días. El tribunal decretó que los conversos no deben ir a juicio y no deben ser incriminados, porque "participar en iglesias domésticas o promover el cristianismo no equivalen a actos contrarios a la seguridad nacional”.

"El mero hecho de profesar la fe cristiana - afirman los jueces supremos - y promover la 'secta evangélica sionista' - que aparentemente significa hacer propaganda del cristianismo por medio de reuniones familiares [la iglesia doméstica]" - no implica la voluntad de "minar la seguridad del País" hacia adentro o hacia afuera. La sentencia continúa señalando que la formación de las llamadas “house churches” no constituye una violación de los artículos 498 y 499 del Código Penal Islámico, que regula las actividades de los denominados "grupos contrarios al Estado".

Open Doors habla de una decisión "significativa", porque en el pasado los dos artículos se usaron a menudo para condenar a los cristianos y encerrarlos en las cárceles del país por el solo hecho de profesar su fe y reunirse para orar. La ONG y el activista Mansour Borji, director de Artículo 18, no ocultan su satisfacción por una sentencia que se considera "histórica" ​​y que podría "influir positivamente en futuros casos contra cristianos iraníes y de idioma persa".

El veredicto debería allanar el camino para que recuperen la libertad los nueve cristianos previamente condenados, tras una revisión de todo el proceso. También garantizará a miles de personas en todo Irán la esperanza de profesar su fe libremente "sin temor a ser detenidos o encarcelados". El último paso que faltaría para garantizar la libertad religiosa, concluye Mansour Borji, sería autorizar "un lugar de culto específico", tal como establece la Constitución de la República Islámica.

Sin embargo, ante el moderado optimismo no faltan los llamados a la prudencia. Otras asociaciones de activistas piden cautela y advierten que no se debe atribuir demasiado poder a una sola sentencia, aunque provenga de la Corte Suprema. Los casos que ahora son cosa juzgada volverán a los tribunales, donde los magistrados de la revolución deberán revisar las sentencias. Pero no está dicho que todos estén de acuerdo con la decisión. “El gobierno iraní - explica el cristiano Hormoz Shariat, presidente de Iran Alive Ministries - tiene una larga tradición de actos que no siguen las reglas que él mismo establece”.

 

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