06/04/2017, 13.09
EGIPTO-ISLAM
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Al Azhar y los derechos de los cristianos en el mundo islámico

de Luca Galantini

A pocas semanas del viaje del Papa Francisco a Egipto, la más alta autoridad de la universidad sunita defendió los derechos igualitarios para cristianos y musulmanes. Pero en el mundo árabe-islámico, las minorías religiosas sufren. Todas las Constituciones imponen constricciones: prohibición de encuentros comunitarios; a cambiar religión; a asumir cargos en el gobierno. La marginación está llevando a la fuga de los cristianos de Oriente Medio. 

Milán (AsiaNews)- El reconocimiento de la plena igualdad de los derechos hacia cada ciudadano, a cualquier credo él pertenezca, es cierto una de las propuestas más valientes y sugestivas salidas del congreso que se desarrolló en la Universidad Al-Azhar del Cairo el mes pasado.

Las personalidades del mundo académico, político y cultural islámico y cristiano que se confrontaron bajo la iniciativa del imán Ahmad Al-Tayyeb han suscitado con valentía dos temas que crean aún hoy un poco de malestar en el mundo político e institucional árabe: la laicidad del Estado y la plena paridad de los derechos de las personas en base al status de ciudadanía.

Importantísimos para el desarrollo de una cultura de paz y recíproco respeto de las personas humanas, estos temas no podrán no ser objeto de un ulterior desarrollo, también a la luz del inminente viaje del Papa Francisco a Egipto, donde irá también a visitar Al-Azhar.  

Según los tratados y los acuerdos de las principales organizaciones internacionales, ONU ante todo, la correcta aplicación del status de ciudadanía, presupone que todo ciudadano, por el solo hecho de pertenecer a un determinado Estado, no pueda ser objeto de discriminación en el ejercicio de sus derechos por motivos de religión, étnicos, lingüísticos y así en adelante. El principio de ciudadanía es una de las manifestaciones fundamentales, como lo recordó el mismo Patriarca maronita Beshara Raï, interviniendo en el congreso egipcio.

Si se mira al cuadro político normativo que define el status de ciudadanía en las constituciones del mundo árabe e islámico, observamos que existen muchas discriminaciones a la libertad de pensamiento y de religión, que llevan a definir los credos diversos del islam como minorías, o sea comunidades “diversas” que no tienen derecho a una paridad de tratamiento, pero son reconocidas según un estado de “dhimmitudine”, por lo tanto al máximo toleradas.

El mismo Patriarca afirmó que el término de “minoría religiosa” debería desaparecer y ser substituido por el reconocimiento de la par dignidad entre los credos.

La concepción de la ciudadanía en la Constitución de los Estados árabes está ligada expresamente a la religión islámica en la cual califican la propia identidad nacional. Esto comporta que a los ciudadanos de fe cristiana, siendo considerados minoría, les sean impuestos restricciones, límites y diversidad de tratamiento en los derechos fundamentales.

El mapa de las violaciones

A exclusión de siria y Líbano, por ejemplo, en casi todos los otros Estados permanecen la prohibición para los cristianos de enseñar la lengua árabe porque es un lengua sagrada de los textos de fe islámica; restricciones en materia de libertades personales, por lo cual mientras que un ciudadano musulmán con una mujer no musulmán, no está admitido el principio contrario; los hijos de las parejas religiosas mixtas deben además crecer según la fe musulmana.

Aún más: en Irak la Constitución si bien reconociendo el respeto de la libertad religiosa, en el Art. 2 prevé expresamente que ninguna ley pueda ser emanada si contradice los principios fundantes del islam, como fin de garantizar la identidad islámica de la mayoría de la población iraquí.

Estas discriminaciones en relación de las minorías religiosas son hasta reconocidas en la misma Carta de los Derechos del Hombre de la Liga Árabe en el Art.25, donde está excluido que los derechos fundamentales de los ciudadanos pertenecientes a las minorías-como la práctica de los preceptos de la religión de pertenencia-puedan ser ejercitados en lugares públicos en común con los otros miembros de la minoría.

El mismo Túnez, si bien en un clima de apertura y de reformas laicas como consecuencia de la Primavera árabe, prevé aún en la Constitución en el Art. 38 que sólo un ciudadano musulmán puede ser Presidente de la república.

En Egipto esta definición de la minoría se había convertido en un problema muy preocupante para la comunidad cristiana copta, después de la aprobación de la Constitución fundamentalista de 2012 en la ola del suceso político de los Hermanos Musulmanes del gobierno Morsi. Hoy, la Constitución de 2014 promovida por el gobierno del ex general al-Sisi muestra una inversión de tendencia porque, si de un lado reconfirma la sharia como fuente primaria de legislación, reduce la influencia del islamismo en la vida pública del Estado. Gracias a la promulgación de una nueva ley que disciplina en modo más liberal la construcción de iglesias cristianas en Egipto, fue eliminado el odioso decreto precedente que permitía al gobierno impedir, bloquear o también bloquear o retardar al infinito tales construcciones con la motivación que constituyeran un peligro para la  seguridad del país o del Estado.

Entre todos los países en los cuales la ley islámica es elemento dominante, Marruecos es ciertamente aquel que ningún otro hizo un paso histórico. El Consejo de los Ulemas reconoció recientemente el pleno derecho a todo ciudadano marroquí de abandonar la fe islámica sin incurrir más en el delito de apostasía, para el cual estaba prevista la pena de cárcel hasta tres años. Se debe considerar que hay todavía muchísimos Estados islámicos y árabes que en nombre de la sharia aplican la pena de muerte a quien se convierte a religiones diversas del islam: Arabia Saudita, Irán, Sudán, Emiratos, Somalía, Afganistán, Malasia, Mauritania, Pakistán, Qatar y aún otros más.

El mismo Líbano, país en el cual el pluralismo religioso de los 18 credos oficiales reconocidos debe ser respetado también a nivel de gobierno y de instituciones públicas, está concentrado en la necesidad política de definir la identidad nacional del Estado independientemente de la pertenencia a la fe religiosa para garantizar la más pacífica convivencia entre las varias componentes.

El contexto político jurídico del mundo árabe islámico es tan contradictorio que cada obra de reconstrucción de la sociedad civil bajo el signo del pluralismo religioso y de la paridad de los derechos entre ciudadanos debe ser sostenido con convicción, aún sin fáciles entusiasmos e ilusiones y la iniciativa de Al-Azhar va sin duda interpretado en tal sentido.

El Atlas of Global Christinity calcula que el porcentaje de los cristianos en tierras árabes esté hoy cerca del 6%, contra el 25% de hace 100 años: sin un recorrido de recíproco reconocimiento de pares derechos entre ciudadanos, el destino de las comunidades cristianas está puesta en peligro.  

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